El Senasa decreto vigencia continua y elimino las prorrogas sucesivas de 8 disposiciones especificas que impacta en la ganadería, las exportaciones y las importaciones

La Resolución 868/2026 elimina, para ocho disposiciones específicas, la necesidad de nuevas prórrogas. Entre las normas alcanzadas están las vinculadas con brucelosis bovina, comercio exterior, tabaco, pesca y la importación de material reproductivo.
Actualidad25/09/2026CamponoticiasCamponoticias

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció un nuevo criterio de vigencia para ocho normas zoofitosanitarias y de inocuidad que habían sido dictadas entre 2018 y 2019 y que, en varios casos, ya habían sido prorrogadas. A través de la Resolución 868/2026, publicada este viernes 25 de septiembre en el Boletín Oficial, el organismo determinó que las disposiciones incluidas en su Anexo I continuarán vigentes sin necesidad de nuevas prórrogas o ratificaciones, hasta que sean expresamente abrogadas o sustituidas por otra norma. La medida apunta a evitar que regulaciones sanitarias que continúan siendo necesarias pierdan vigencia por el mero transcurso del tiempo.

Las ocho normas alcanzadas por la medida

El Anexo I de la resolución detalla las ocho normas que quedan alcanzadas por este nuevo criterio de vigencia. Entre ellas se encuentran dos disposiciones vinculadas con el Plan Nacional de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina en la Argentina: la Resolución 162/2018, prorrogada por la Resolución 681/2023, y la Resolución 67/2019 y sus modificatorias, cuya vigencia había sido extendida por la Resolución 339/2023. De esta manera, dos de las normas incluidas están directamente relacionadas con uno de los principales programas sanitarios de la producción bovina. El listado también incorpora la Resolución 26/2019, prorrogada por la Resolución 471/2023, correspondiente al Sistema Pesca. En materia de comercio exterior, la medida alcanza a la Resolución 65/2019 y su modificatoria, prorrogada por la Resolución 198/2023, que establece el procedimiento para la exportación de hojas de tabaco Virginia y Burley producidas en Jujuy, Misiones, Salta y Tucumán con destino a la República Popular China. También se incluye la Resolución 75/2019 y su modificatoria, prorrogada por la Resolución 802/2022, que regula la solicitud de autorización de exportación y/o importación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE Argentina) o de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Por otra parte, la Resolución 733/2019, prorrogada por la Resolución 619/2022, establece el Registro Nacional de Reproductores Rumiantes Importados. A su vez, la Resolución 974/2019, cuya vigencia había sido extendida por la Resolución 620/2022, establece el plan de muestreo de cerebros de animales para el Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET). Finalmente, el Anexo I contempla la Resolución 1519/2019, prorrogada por la Resolución 1106/2023, que establece los requisitos zootécnicos para la importación de aves de un día o huevos fértiles destinados a incubación.

¿Qué significa el cambio?

La modificación es principalmente de carácter regulatorio: las ocho normas dejan de depender de sucesivas prórrogas para mantener su vigencia. El artículo 1° de la Resolución 868/2026 establece que las normas del Anexo I mantendrán su vigencia "sin necesidad de prórroga o ratificación expresa", hasta que sean abrogadas o sustituidas. Esto no significa que las normas queden inmodificables. El Senasa podrá modificarlas, derogarlas o reemplazarlas mediante nuevas disposiciones. El cambio implica, en cambio, que el vencimiento del plazo de cuatro años ya no será por sí mismo una causa de pérdida de vigencia para estas ocho normas.

El cambio implica, en cambio, que el vencimiento del plazo de cuatro años ya no será por sí mismo una causa de pérdida de vigencia para estas ocho normas.

Un cambio con impacto en distintas cadenas

La decisión alcanza regulaciones que atraviesan diferentes actividades del sector agropecuario y agroalimentario. En el listado aparecen programas sanitarios vinculados con la ganadería bovina, procedimientos relacionados con la pesca, requisitos para el comercio exterior, condiciones para la exportación de tabaco a China, registros para la importación de reproductores rumiantes, vigilancia de enfermedades y requisitos para el ingreso de aves y huevos fértiles. El propio anexo identifica las normas y sus respectivos temas, por lo que el alcance concreto de la resolución queda circunscripto a esas ocho disposiciones.

En el listado aparecen programas sanitarios vinculados con la ganadería bovina, procedimientos relacionados con la pesca, requisitos para el comercio exterior, condiciones para la exportación de tabaco a China, registros para la importación de reproductores rumiantes, vigilancia de enfermedades y requisitos para el ingreso de aves y huevos fértiles.

Por qué Senasa tomó la decisión

En los fundamentos de la Resolución 868/2026, el organismo explicó que algunas normas habían sido dictadas con una vigencia temporal de cuatro años. Según Senasa, mantener ese mecanismo podía generar la necesidad de renovar periódicamente normas que seguían siendo necesarias, además de crear riesgos de vacíos regulatorios.La nueva modalidad busca, según los fundamentos de la resolución, ordenar y sistematizar el marco normativo, evitar la proliferación de actos administrativos y otorgar mayor previsibilidad a los operadores. En materia sanitaria, además, el organismo vincula la estabilidad normativa con la continuidad de los sistemas de control, prevención y fiscalización.

La clave para productores y empresas

Para los operadores alcanzados por estas normas, el principal cambio es la continuidad automática de las disposiciones. No obstante, será necesario seguir cumpliendo los requisitos establecidos en cada una de ellas mientras permanezcan vigentes. La Resolución 868/2026 no modifica por sí misma el contenido técnico de las ocho normas: modifica el criterio bajo el cual se mantiene su vigencia.

Cuándo comienza a regir

La Resolución 868/2026 fue firmada el 23 de septiembre de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 25 de septiembre. Su artículo 2° establece que entra en vigencia al día siguiente de su publicación. En síntesis, el Senasa reemplaza para estas ocho normas el esquema de prórrogas periódicas por uno de vigencia continua, sujeto a que en el futuro la autoridad competente disponga su derogación, abrogación o sustitución. (CampoNoticias)

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