
Vende Campeon!!! El Gobierno eliminó las retenciones a los granos en busca de dolares frescos
Camponoticias
La medida fue anunciada este lunes por la mañana por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien dijo que la medida se extendera hasta fin de octubre, en busca de “generar mayor oferta de dólares durante este período”. La decisión alcanza a la soja, el maíz, el trigo, el girasol y otros cultivos, con el objetivo de favorecer el ingreso de divisas y reforzar las reservas del Banco Central, que la última semana vendió US$1100 millones en medio de la tensión cambiaria.
“La vieja política busca generar incertidumbre para boicotear el programa de gobierno. Al hacerlo, castigan a los argentinos: no lo vamos a permitir”, escribió en su cuenta de la red social X.
La medida oficializada por el Gobierno en el Boletín Oficial, con un plazo estricto y un cupo financiero: hasta el 31 de octubre de 2025 o hasta que se alcance la suma de de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) por el importe de 7.000 millons de U$S.
En medio de la incertidumbre económica y política, el Gobierno eliminó las retenciones y fijó la alícuota en 0% a los productos agrícolas. Esta medida, establecida mediante el decreto 682/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial tiene una doble condición: un plazo estricto y un tope financiero.
En detalle, el beneficio temporal para estas mercaderías se extiende “hasta el 31 de octubre de 2025, inclusive” o “hasta la finalización del día en que se alcance la suma de registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) por un importe equivalente a US$7000 millones, lo que ocurra primero”. La nueva reducción a cero se aplica específicamente a “las mercaderías de granos y subproductos detalladas en el anexo del presente decreto”.
Los exportadores deberán “liquidar al menos el 90% de las divisas”. Este plazo de liquidación debe estar “comprendido entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta tres días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente”.
De no cumplirse con los plazos o condiciones establecidas, el exportador deberá “tributarse la alícuota del derecho de exportación que corresponda a la posición arancelaria de que se trate, vigente el día anterior al de la entrada en vigor de la presente medida”
El tratamiento arancelario con alícuota cero será de aplicación efectiva respecto de quienes presenten las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) o bien oficialicen el permiso de embarque, “desde la entrada en vigencia del presente decreto y hasta la fecha límite“.
La normativa que tiene la firma del presidente Javier Milei y, la del ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, busca “continuar creando condiciones favorables para la producción y el comercio exterior a fin de fortalecer la estabilidad macroeconómica y potenciar el desarrollo del sector productivo en cada región del país” . (CampoNoticias)


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